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Implementación, formación y mantenimiento de canales de denuncias para la tranquilidad de tu empresa
El canal de denuncias es la vía de comunicación a través de la cual la empresa recibe y gestiona las denuncias (o comunicaciones) hechas por los miembros de la propia organización o por otras personas vinculadas a ella, sobre posibles conductas irregulares o ilícitas que de las que puedan haber sido testigos o tengan conocimiento y que sean contrarias a las normas de las empresas.
Implementar un canal de denuncias en tu empresa es un requisito legal, que debes cumplir. Y como la ley obliga, pues ya aprovechamos y lo hacemos bien. Es por eso que en Proyectanda ayudamos a nuestros clientes a implementar una solución con la que queden despreocupados de todos los aspectos técnicos, jurídicos y de proceso, con la confianza que ofrece un referente mundial en este tipo de plataformas.
Cuentan con 50 trabajadores o más
Empresas afectadas por la Ley de Blanqueo de Capitales (independientemente de su número de empleados)
Empresas dedicadas a la seguridad en el transporte
Empresas con un programa de compliance (puesto que el canal de denuncia es uno de los elementos del mismo)
Entidades públicas de municipios con más de 10.000 habitantes
Empresas afectadas por leyes de protección del medio ambiente
Empresas dedicadas a productos y mercados financieros
Empresas con Plan de Igualdad, puesto que deben implementar un canal de denuncia del acoso laboral sexual o por razón de sexo
Empresas o entidades del ámbito deportivo, ocio o educativo cuando cuenten con la presencia de menores, para reportar situaciones de acoso o violencia.
es que es muy bueno porque lo usan:
Como asesores digitales, hemos recibido muchas consultas de clientes en relación a la implementación de un canal de denuncias. Es por eso que hemos hecho un análisis de mercado y optado por ofrecer la herramienta líder en la gestión de denuncias y cumplimiento normativo.
Porque nuestros clientes han detectado los problemas de su organización a tiempo, porque si no ofreces un método fácil y anónimo para que tus trabajadores comenten tus problemas, no van a ir a tu puerta a decírtelo
Porque nuestros clientes han evitado los riesgos legales y financieros, esquivando multas, sanciones y daños a la reputación de tu empresa, que podrían resultar de la falta de cumplimiento o de prácticas empresariales cuestionables.
Porque nuestros clientes han ganado transparencia, integridad y una responsabilidad corporativa muy buena, con un canal de denuncias o ético que ayuda a mantener esos valores que perciben de tu empresa y que tanto habéis luchado por conseguir.
Porque nuestros clientes han conseguido conocer situaciones de acoso, discriminación, intimidación o cualquier otro tipo que estaban pasando en sus negocios, y no lo sabían, y te aseguro que no quieres enterarte tarde de que hay problemas de este tipo en tu empresa.
La plataforma incluye TODO lo que necesitas para cumplir con la normativa.
El precio solo depende del número de empleados de tu organización.
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El canal de denuncias para empresas es una herramienta básica para minimizar los riesgos y generar confianza con los empleados, clientes y toda aquella persona que tenga relación con la empresa, ya que permite a empresarios y directivos detectar infracciones e irregularidades desde una etapa temprana. Gracias a ello se previenen fraudes, corrupción, acoso laboral y otras malas conductas.
El canal de denuncias se trata de una herramienta basada en tres pilares
El procedimiento del canal de denuncias está ligado a una preparación y organización correcta. En estas fases previas será necesario nombrar a un responsable del canal, determinar las vías por las que se van a efectuar las denuncias, establecer los trámites o procedimientos que seguirán las denuncias o registrarse en la Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I).
Una vez puesto en marcha, el funcionamiento del canal de denuncias es sencillo, puesto que, una vez creado e implementado, hecho el reglamento y establecido el protocolo del canal de denuncias, todo el proceso sigue una serie de pasos marcados.
El informante realiza una denuncia a través del canal habilitado para ello. Recibida esta, el Responsable o el gestor externo del canal la estudiará y determinará si debe ser o no tramitada, en función de si hay indicios o no de que se está cometiendo la irregularidad denunciada.
La organización tiene un plazo de 7 días para comunicar la recepción de la denuncia al informante. Si la denuncia se tramita, la organización dispondrá de un plazo máximo de 3 meses para llevar a cabo la investigación interna correspondiente para el esclarecimiento de los hechos. Este plazo se puede prorrogar por 3 meses más, en casos de especial complejidad.
Así mismo, las denuncias presentadas y tramitadas se conservarán en un registro, garantizando la confidencialidad, que deberá ser accesible a la autoridad judicial en el caso de un procedimiento judicial. Los datos personales que contenga este registro se conservarán durante el tiempo necesario, con un plazo máximo de 10 años.
Atendiendo al medio a través del cual se pueden realizar las denuncias, se puede distinguir entre:
Por otro lado, si atendemos al funcionamiento y gestión del canal, también se podría diferenciar entre:
El canal de denuncias en España está regulado por la ley de protección de denunciantes de corrupción española, que transpone la Directiva (UE) 2019/1937 de la UE (Directiva Whistleblowing).
La Directiva (UE) 2019/1937 fue aprobada en 2019 por la Comisión Europea y el Parlamento Europeo y su objetivo es regular la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión. El plazo para transponer esta Directiva al ordenamiento jurídico de cada Estado miembro finalizó el 21 de diciembre de 2021. La normativa deja la puerta abierta a que cada legislador pueda ampliar algunos de sus aspectos en base a sus propias leyes.
Por su parte, en España se aprobó la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, o Ley del canal de denuncias, que adapta la normativa europea al territorio español.
Esta ley introduce nuevos términos, como es el de «informantes» para los denunciantes de infracciones y de «comunicaciones» para las denuncias (puesto que estrictamente no podemos hablar de denuncias, ya que estas implican la identificación del denunciante) y el de «sistema interno de información» para referirse al canal de denuncias interno.
Tanto la Directiva (UE) 2019/1937 como la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, establecen la implementación de un canal de denuncias obligatorio para empresas con más de 50 empleados, la posibilidad de tramitar denuncias anónimas y, especialmente, proteger la identidad de los informadores (denunciantes), manteniendo su anonimato y garantizando su protección ante posibles represalias por parte de la organización durante un período de dos años.
Aparte de estas leyes, también afecta al canal de denuncias la protección de datos, puesto que la LOPDGDD, en su artículo 24, recoge el funcionamiento de los sistemas de información internos en cuanto a protección de datos de los informantes, denunciados y testigos.
Así mismo, y como ya dijimos más arriba, el artículo 31 bis del Código Penal establece como requisito indispensable de un plan de prevención de delitos penales, implementar un canal de denuncias interno.
*Actualización: En España ya se ha aprobado el Anteproyecto de Ley reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción por la que se transpone la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.
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